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  • Impuestos y gastos que corresponden al comprador de vivienda

    Impuestos y gastos que corresponden al comprador de vivienda

    Impuestos y gastos que debemos afrontar al comprar nuestra casa.

    Comprar una vivienda es una de las decisiones más importantes en la vida de una persona, y no solo implica elegir el inmueble ideal, sino también entender todos los gastos asociados. Uno de los aspectos que más dudas genera son los impuestos que debe asumir el comprador.

    En esta entrada te explicamos de forma clara y actualizada qué impuestos tendrás que pagar si compras una vivienda en Zaragoza (Aragón), tanto si se trata de obra nueva como de segunda mano.


     Vivienda de obra nueva

    Si compras una vivienda nueva (es decir, directamente al promotor y que no ha sido habitada anteriormente), los impuestos principales que pagarás son:

    1. IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

    • Tipo general: 10% del precio de compraventa.
    • Viviendas de protección oficial (VPO) pueden tener un IVA reducido del 4%, en ciertos casos.

    2. AJD (Actos Jurídicos Documentados)

    • Tipo impositivo en Aragón: 1,5% sobre el precio escriturado.

     Vivienda de segunda mano

    Si la vivienda ya ha sido transmitida anteriormente (es decir, es de segunda mano), no se paga IVA, pero en su lugar se abona otro impuesto:

    1. ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales)

    • Tipo general en Aragón: 8% del valor escriturado o del valor de referencia de Catastro (el mayor de los dos).
    • Si el comprador es menor de 36 años, familia numerosa, persona con discapacidad, etc., puede acceder a tipos reducidos, en función de los ingresos.

    Otros gastos que asume el comprador de una vivienda (no son impuestos, pero son importantes):

    • Notaría: se suele acordar que los gastos de notaría los asuma el comprador de la vivienda, los honorarios notariales están regulados por aranceles estatales y es variable según el precio y número de copias de la escritura.
    • Registro de la Propiedad: inscripción de la escritura.
    • Gestoría (si se hipoteca): gastos de tramitación de documentos, aunque hoy en día muchos son asumidos por la entidad bancaria.
    • Hipoteca: si solicitas financiación, también hay costes asociados (tasación, comisión de apertura, etc.), aunque desde la Ley Hipotecaria de 2019 muchos de estos costes los paga el banco.

     Recomendación respecto a los gastos para el comprador de una vivienda

    Antes de firmar el contrato de compraventa o de señal, es importante calcular bien todos los gastos asociados, para evitar sorpresas. Además, conviene revisar si el valor de referencia catastral supera el precio de compraventa, ya que Hacienda podría tomar ese valor como base para el impuesto, lo que afecta especialmente al ITP.

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  • Impuestos y gastos que corresponden al vendedor de una vivienda

    Impuestos y gastos que corresponden al vendedor de una vivienda

    Impuestos y gastos del vendedor de una vivienda

    Vender una vivienda no solo implica encontrar al comprador adecuado y fijar el precio correcto, sino también conocer bien qué impuestos y gastos conlleva la operación. En Zaragoza, como en el resto de España, el vendedor de un inmueble debe hacer frente a varias obligaciones fiscales. En este artículo te explicamos de forma clara y sencilla cuáles son. Impuestos y gastos del vendedor de una vivienda:


    1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

    Cuando vendes una propiedad, la Agencia Tributaria considera que estás obteniendo una ganancia patrimonial si el precio de venta es superior al de compra. Esta ganancia se incluye en tu declaración de la renta y tributa a los siguientes tipos en 2025:

    • Hasta 6.000 €: 19 %
    • De 6.000 € a 50.000 €: 21 %
    • De 50.000 € a 200.000 €: 23 %
    • De 200.000 € a 300.000 €: 27 %
    • Más de 300.000 €: 30 %

    ¿Hay excepciones?
    Sí. Estás exento de pagar IRPF si:

    • Vendes tu vivienda habitual y reinvientes el dinero en otra vivienda habitual.
    • Tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual.
    • Has realizado una dación en pago (entregar el inmueble para saldar la hipoteca).

    Además, de los impuestos y gastos que atañen al vendedor de una vivienda, se pueden deducir ciertos gastos, como la comisión inmobiliaria, reformas acreditadas, notaría o gestoría vinculadas a la venta.


    2. Plusvalía Municipal (IIVTNU)

    La plusvalía municipal es un impuesto que se paga al Ayuntamiento de Zaragoza. Grava el incremento del valor del suelo urbano desde que compraste el inmueble hasta el momento de la venta.

    • Se calcula en función del valor catastral del suelo y los años que ha estado en tu propiedad.
    • Puedes elegir entre dos métodos de cálculo (real o objetivo) y pagar el más beneficioso.
    • Si no hay ganancia real en la venta, puedes solicitar no pagarla o incluso recurrirla.

    El plazo para abonarla es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de compraventa.


    3. IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

    El IBI es un impuesto anual que paga quien es titular del inmueble a 1 de enero de ese año. Sin embargo, es habitual que en la compraventa se acuerde prorratear este gasto entre vendedor y comprador según los meses del año que haya poseído cada uno.


    4. Otros gastos a tener en cuenta por el vendedor de una vivienda

    Además de los impuestos, hay otros costes que normalmente asume el vendedor:

    • Certificado de eficiencia energética: obligatorio para vender cualquier inmueble.
    • Cancelación registral de la hipoteca, si aún figura inscrita (aunque esté pagada).
    • Comisión de la agencia inmobiliaria, si has utilizado sus servicios (deducible en IRPF).
    • Gastos de comunidad hasta la fecha de venta.

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